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Fecha/Hora
Date(s) - 1 junio 2021 - 30 septiembre 2021
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Artículo 26: Jornada laboral reducida

 

Algunas particularidades:

  • el personal de colegios empezará la jornada reducida, cuando los centros educativos no sean lectivos, es decir, no haya clase. La jornada será de 8:00 a 14:00.
  • el personal de dependencias reducirá su jornada laboral, a partir del 1 de junio.
  • el personal que tenga dividida su jornada laboral en centros o dependencias, y colegios, a partir del 1 de junio, reducirá su jornada laboral en el centro asignado en 30 minutos y no del colegio, hasta que lleguen los días no lectivos.
  • el personal de jornada parcial no tiene reducción.
  • el personal con categoría de especialista, reducirá su jornada laboral a partir del 1 de junio.
  • la jornada laboral reducida acabará el 30 de septiembre.