Nómina
es el documento que,……
Conceptos básicos de una nómina
Conceptos de una nómina

Plus antigüedad
Con la firma del presente convenio, y por tanto sin efectos económicos retroactivos,
el personal que haya alcanzado, alcance o acumule una antigüedad de al menos 3 años
en la empresa, devengará o percibirá desde el mes inmediatamente posterior a su
devengo, en concepto de Plus de antigüedad en la cantidad de 27,60 €. Dicha cantidad
sólo se verá incrementada cada año en el mismo porcentaje en que se incrementen el
resto de conceptos salariales establecidos en el convenio colectivo.
Dicha cantidad no es un trienio, ni cuando se alcancen más años de antigüedad se
devengará cantidad alguna por este motivo, más que el incremento anual pactado en el
párrafo anterior.
El personal que a fecha del presente perciba una cantidad superior en concepto de
antigüedad, percibirá como plus de antigüedad la cantidad de 27,60 €, percibiendo el
resto en concepto de plus ad personam no compensable ni absorbible, dichas cantidades
se verán incrementadas cada año en el mismo porcentaje en que se incrementen el resto
de conceptos salariales establecidos en el convenio colectivo.
Cuantía
Corresponde a los días trabajados en el mes
Precio
Es el importe de cada concepto, que multiplicado por la cuantía, hace el coste de los devengos
Salario Base
Es la retribución relativa al trabajo por unidad de tiempo, expresada para cada categoría profesional. Es decir, el dinero por día trabajado durante un mes. Siempre es 30 días, independientemente si el mes es de 31 o 28. En caso de ausentarse 1 día al trabajo, la retribución es por 29 días. Se establece en convenio, que, los gastos para acudir desde su domicilio al trabajo, y desde éste a su domicilio, es decir, el plus transporte, se incluye y suma en este plus salario base. Igualmente, se incluye y suma, el plus Convenio y plus Asistencia, quedando absorbidos los importes en este plus Salario Base.
Plus tóxico-penoso-peligroso
Todo el personal afectado por el presente convenio percibirá mensualmente por el
concepto que se indica, sin distinción alguna, la cantidad que se fija en la Tabla Salarial
(ANEXO I). Dicha cantidad sólo se verá incrementada cada año en el mismo porcentaje
en que se incrementen el resto de conceptos salariales establecidos en el convenio
colectivo.
Plus Antigüedad Ad Persom
Es una cantidad consolidada que mantiene el trabajador a título personal, aunque el convenio colectivo haya suprimido o modificado el sistema de antigüedad.
Es un derecho adquirido individualmente por el trabajador debido a su antigüedad anterior.
Ayuda al estudio
Una cantidad económica que la empresa concede al trabajador (o a sus hijos) para colaborar en los gastos derivados de la formación o estudios.
Ayudas económicas.
Cantidades de dinero que la empresa entrega al trabajador para compensar determinados gastos, previa presentación de la factura correspondiente e informe médico, para la adquisición de gafas, material ortopédico, audífonos, prótesis dentales y tratamientos dentales, y que no necesariamente retribuyen el trabajo realizado.
Bolsa de vacaciones
Es un complemento salarial que se paga en el mes en que el trabajador disfruta de sus vacaciones.
Premio a la permanencia.
Es una cantidad económica que la empresa concede al trabajador/a por haber cumplido una antigüedad de 20 años o más en el servicio, como recompensa a su permanencia continuada.
Horas extras
Son las horas de trabajo que se realizan voluntariamente por encima de la duración máxima de la jornada ordinaria establecida legal, es decir, las horas que exceden de la jornada de trabajo (35 hora semanales).
Ayudas asistenciales
Prestaciones económicas, que la empresa concede al trabajador para ayudarle en situaciones personales o familiares especiales, normalmente relacionadas con necesidades de deficientes psíquicos o físicos.
Mejora voluntaria
Una prestación o cantidad económica que la empresa concede al trabajador por decisión propia o acuerdo individual o colectivo, que mejora las condiciones establecidas por la ley o el convenio colectivo.
Período
El intervalo de tiempo al que corresponde la retribución que se está pagando en esa nómina.
Devengos
Son todas las cantidades económicas que el trabajador tiene derecho a percibir por su trabajo durante un período determinado, antes de aplicar las deducciones.
Deducciones
Las cantidades que se descuentan del total devengado (salario bruto) para obtener el salario neto o líquido que finalmente percibe el trabajador, es decir, son los descuentos legales o autorizados que se aplican sobre los ingresos del trabajador para cumplir con obligaciones fiscales, de cotización o personales.
Remuneración Total
Es la suma de todos los ingresos y beneficios económicos que un trabajador recibe de su empresa por la prestación de su trabajo, incluyendo tanto los devengos salariales como los no salariales y cualquier otro complemento o beneficio adicional.
Prorrateo pagas extras
Es la distribución proporcional de las pagas extraordinarias a lo largo de los doce meses del año, de manera que el trabajador las perciba de forma mensual junto con su salario ordinario, en lugar de recibirlas de forma completa en los períodos tradicionales de abono
Base Contingencias Comunes
Es la cantidad económica sobre la que se calculan las cotizaciones del trabajador a la Seguridad Social por contingencias comunes, como enfermedad, jubilación, incapacidad temporal, maternidad o paternidad, es decir, es la base sobre la que aplican los porcentajes de cotización obligatorios para determinar cuánto debe aportar el trabajador y la empresa a la Seguridad Social.
Base Accidentes de Trabajo y Desempleo
La base de cotización sobre la que se calculan las aportaciones a la Seguridad Social destinadas a cubrir las contingencias profesionales (Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales, A.T.) y el Desempleo (D.E.S.) del trabajador, es decir, son importes sobre los que se aplica un porcentaje para determinar cuánto debe cotizar el trabajador y la empresa.
Base I.R.P.F.
Es el importe sobre el que se calcula la retención del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) que la empresa debe practicar al trabajador en su nómina, es decir, es el salario bruto ajustado según las reglas fiscales, antes de aplicarle el porcentaje de retención correspondiente.
Total devengado
Es la suma de todos los conceptos económicos que el trabajador ha generado durante el período de liquidación de la nómina, antes de aplicarse las deducciones, es decir, representa el salario bruto o ingresos brutos que el trabajador ha ganado en ese período, incluyendo tanto las percepciones salariales como las no salariales.
Total a deducir
Es la suma de todos los conceptos económicos que el trabajador ha generado durante el período de liquidación de la nómina, antes de aplicarse las deducciones, es decir, agrupa todas las deducciones obligatorias o autorizadas que se aplican sobre los ingresos del trabajador durante el período de liquidación.
Total neto
Es la cantidad final de dinero que el trabajador recibe efectivamente en su cuenta bancaria tras aplicar todas las deducciones sobre el total devengado, es decir, el salario neto es el importe líquido que percibe el trabajador después de restar cotizaciones a la Seguridad Social, retenciones de IRPF y otras deducciones autorizadas.
Cuota sindical
Es la cantidad de dinero que un trabajador aporta a su sindicato como afiliado, normalmente de forma periódica, y que se descuenta directamente de su nómina si ha autorizado a la empresa a hacerlo.
Cotización contingencias comunes
Es la aportación económica obligatoria a la Seguridad Social que tanto el trabajador como la empresa realizan para cubrir las prestaciones derivadas de situaciones generales como enfermedad común, maternidad/paternidad, jubilación, incapacidad temporal o muerte, es decir, es la parte de la cotización que financia las prestaciones básicas del sistema de la Seguridad Social para todos los trabajadores, y se calcula sobre la base de cotización por contingencias comunes (Base C.C.)
Cotización formación profesional
Es la aportación económica obligatoria a la Seguridad Social destinada a financiar acciones de formación profesional para los trabajadores, tanto para el desarrollo de sus competencias como para mejorar su empleabilidad, se calcula sobre la base de cotización del trabajador y es obligatoria tanto para la empresa como para el trabajador, aunque la parte a cargo del trabajador es generalmente muy pequeña.
Cotizacion desempleo
Es la aportación obligatoria a la Seguridad Social destinada a financiar las prestaciones por desempleo, tanto para trabajadores con contrato temporal como indefinido, además es compartida entre el trabajador y la empresa, y se calcula sobre la base de cotización por desempleo, que generalmente coincide con la base de contingencias comunes.
Tributación IRPF
La retención del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) que la empresa practica sobre el salario del trabajador y que posteriormente ingresa en Hacienda como un pago a cuenta del impuesto anual, es decir, es la cantidad que se descuenta del salario bruto del trabajadorpara adelantar el pago de su impuesto sobre la renta.
Hay otro concepto de nueva incorporación en la nómina: – Mecanismo de Equidad Intergeneracional (MEI), es una cotización adicional que se aplica a las nóminas en España desde el 1 de enero de 2023, como parte de la reforma del sistema de pensiones (Real Decreto-ley 2/2023). Su objetivo es reforzar el fondo de reserva de la Seguridad Social —también conocido como la “hucha de las pensiones”— para garantizar la sostenibilidad del sistema a largo plazo y mantener la equidad entre generaciones, se reparte entre la empresa y el trabajador. En 2023, el tipo de cotización fue del 0,6 % (0,5 % a cargo de la empresa y 0,1 % del trabajador; desde 2024, este porcentaje aumenta progresivamente hasta llegar al 1,2 % en 2029.

